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Fotografía aérea retintada (cartografía catastral rústica 1930-1960)

Descripción General

Ejemplo: Imagen de ejemplo del producto
Organización responsable: Dirección General del Catastro
Título abreviado: Fotografía aérea retintada
Resumen general: Los técnicos de catastro dibujaban en campo sobre la base “geométrica” de una fotografía aérea cada una de las parcelas, polígonos y municipios que apreciaban “in situ”. También se incluían los números de parcelas y de polígonos así como la toponimia. Es de destacar que la base no son ortofotos, sino fotografías aéreas, con las “inexactitudes” propias (inclinación de la toma, distorsión del objetivo y deformación por relieve del terreno). Realizado en el periodo 1932-1960. Se realizaron pruebas en el periodo de 1923 a1932. Es pionera la empresa CETFA.
Función: Representación gráfica de la realidad parcelaria en el periodo indicado con el fondo de la realidad territorial que aporta la fotografía. Gran valor histórico.
Escala de uso: Escala aproximada 1:5000. En algunos casos la escala no está expresada.
Utilización: En la actualidad se utiliza para la investigación histórica de propiedades y para el conocimiento de la realidad territorial en la época de realización.
Tipo de datos: Información gráfica sobre papel y si está digitalizado, información ráster con número de parcela y de polígono.
Idioma de los datos: Español
Documentos relacionados:
Conjunto de datos relacionados: En algunos casos “hojas de características” (relación de propietarios y cultivos) (histórico)

Calidad del producto

Origen: La fotografía aérea se utiliza en catastro carácter reglado a partir de la Ley de 1932, y Real Decreto 15 de febrero de 1933, donde se permitía su uso para la creación y actualización del Avance Catastral. Las fotografías aéreas utilizadas provenían en su mayor parte, del “vuelo americano” reaizado a finales de la década de los 50 por el ejército USA
Precisión general: Se ha de tener en cuenta que los medios técnicos empleados – cámaras fotográficas no métricas, sin montura en el fuselaje – no podían ofrecer una mínima precisión geométrica. Es probable que podamos hablar de decenas de metros aunque las medidas relativas en una zona no muy amplia podría ser suficiente para ciertos propósitos .
Fecha de origen: Periodo de ejecución desde 1930 a 1960

Sistema de referencia espacial

Sistema de referencia espacial directa: No tienen relación geométrica con el terreno ya que no cuentan con apoyo fotogramétrico. Se pueden unir de forma aproximada, imágenes y pasadas contiguas .
Sistema de referencia espacial indirecta: Referencias geográficas, y toponímicas de caminos, parajes y de otros municipios y polígonos anexos.

Definición de los datos

Objetos/atributos: Sólo aparece la toponimia de las líneas geográficas, municipios adyacentes y parajes así como números de parcelas

Datos administrativos

Restricciones de uso: Sin límite para uso particular La Dirección General del Catastro en algunos casos puede permitir a un solicitante la modificación de la información catastral y su posterior distribución de esta transformación en los términos que establece el artículo 21 de la Ley de Propiedad Intelectual , desarrollada en el DCL 1/1996 de 12 de abril. El solicitante debe hacer constar en su petición el número de copias que pretende modificar y distribuir.
Derechos de autor: Dirección General del Catastro
Precio de la información: Cuantía de las tasas
Unidad de distribución: Copias de las imagen fotográficas con toponimia y número de parcelas de escala aproximada 1:5000.
Soporte: Si no existe copia digital es papel en DIN-A3. Si existe en formato digital, CD-ROM ó pen-drive del interesado
Formatos: Si no existe copia digital es papel en DIN-A3. Si existe en formato digital, fichero jpg
Acceso en linea: No disponible. Sí existe acceso al inventario nacional rústica/urbana en el que se define qué productos están disponibles en qué gerencias
Forma de solicitarlo / solicitud: En las Gerencias Territoriales del Catastro donde se encuentra situada la propiedad o por correo electrónico u ordinario. Las solicitudes pueden obtenerse a través de Portal del Catastro.
Tiempo de entrega: Dependiendo de la solicitud, no más de 15 días
Organizaciones responsables: Dirección General del Catastro. Paseo de la Castellana 272. Madrid 28046. España
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