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Convenios suscritos por la Dirección General del Catastro

Marco normativo de la colaboración

Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla dicho texto legal.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ámbito subjetivo de la colaboración

Podrán suscribirse convenios con cualquier Administración, entidad o corporación pública, así como con otros sujetos de Derecho privado, de conformidad con la normativa de aplicación.

Ámbito objetivo de la colaboración

El objeto de la colaboración son las actuaciones relativas al desarrollo de la gestión catastral, así como el intercambio o suministro de información catastral.

Con carácter general, de conformidad con el artículo 64.3 del Real Decreto 417/2006, podrán ser objeto de convenio las siguientes funciones:

  • Tramitación de expedientes relativos a cambios en la titularidad catastral de los inmuebles, excepto aquellos que deban ser objeto de comunicación.
  • Colaboración en el tratamiento de la información suministrada por los notarios y Registradores de la Propiedad.
  • Tramitación de declaraciones relativas a modificaciones en la descripción catastral de los inmuebles.
  • Tramitación de expedientes de subsanación de discrepancias.
  • Actuaciones de inspección catastral, exceptuadas las funciones recogidas en los párrafos e), f), y g) del artículo 47 del RD 417/2006. No obstante, la delegación de funciones inspectoras sólo alcanzará a las actuaciones de investigación.
  • Colaboración en el proceso de notificación y atención al público derivados de los procedimientos de valoración colectiva o de otros procedimientos catastrales.
  • Recepción de documentación y asistencia e información a la ciudadanía en materia de gestión y de difusión de la información catastral.
  • Elaboración y mantenimiento de cartografía, ortofotografías y otros soportes gráficos.
  • Elaboración de ponencias de valores.
  • Procedimientos simplificados de valoración colectiva.
  • Colaboración en el desarrollo de las funciones del observatorio catastral del mercado inmobiliario.
  • Cualesquiera otras que se acuerden.

Actuaciones previas para la suscripción de un convenio

La suscripción de un convenio requiere la formalización de una solicitud de suscripción, acompañada de una Memoria justificativa, así como de cuantos informes preceptivos, según los casos, establece la normativa de aplicación, tales como el del Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria y  el de la Abogacía del Estado. Por último, requiere la observancia de los requisitos de eficacia y publicidad, mediante su inscripción y publicación en el correspondiente registro y Boletín oficial.

Convenios suscritos por la Dirección General del Catastro

Se vienen suscribiendo convenios de distinto contenido y con diferentes entidades colaboradoras:

  • Convenios con Entidades Locales y Comunidades Autónomas uniprovinciales en materia de gestión catastral.
  • Convenios con Consejos y Colegios profesionales.
  • Convenios con CCAA para el intercambio de información sobre el mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas al valor de referencia.
  • Convenios y Protocolos de Actuación con otras Instituciones.

Tipos de Convenios:

  1. Convenios con Entidades Locales y Comunidades Autónomas uniprovinciales.

  2. Convenios con Consejos y Colegios profesionales. (Ver lista de convenios)

  3. Relación de convenios con CCAA para el intercambio de información sobre el mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas al valor de referencia. (Ver lista de convenios con CCAA)

  4. Colaboración con otras Instituciones.

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